A.H.E. (Asociación Hipotecaria Española)
  
  

Collar de tipos de interés

“Operación de derivados que permite al cliente fijar un mínimo y un máximo al coste de la financiación, limitando la variación de los tipos de interés a una banda de fluctuación determinada.”

Este tipo de cobertura permite que el tipo de interés que paga el cliente oscile libremente dentro de una horquilla de valores hasta unos límites máximo y mínimo establecidos previamente, limitando por tanto la variación de los tipos a una banda de fluctuación determinada

El Collar es una operación combinada de opciones en la que el cliente obtiene la cobertura a través de la compra de una opción CAP (“techo”) y la venta de una opción FLOOR (“suelo”).

La compra de la opción CAP permite establecer un límite superior a la variación de los tipos de interés, de manera que si estos toman valores superiores al tipo de interés fijado en la opción (conocido como precio de ejercicio o strike) el cliente tiene derecho a que le sea abonada la diferencia positiva entre el tipo de mercado y el precio de ejercicio.

Por su parte, la venta de la opción FLOOR establece un límite inferior a la variación de los tipos de interés. Por debajo del tipo de interés fijado, el vendedor de la opción (en este caso el cliente) deberá abonar a su comprador la diferencia negativa entre el tipo de mercado y el precio de ejercicio del FLOOR (Precio de mercado – Precio de ejercicio < 0).

La venta de la opción FLOOR persigue compensar el coste de la compra de la opción CAP(La compra/venta de opciones de opciones lleva aparejado el pago/cobro de una prima.) . Por eso, siempre se tratara de buscar aquellos precios de ejercicio de las opciones CAP y FLOOR con primas de igual cuantía que se compensen entre sí(“collar de coste cero”) . De esta forma, el cliente no ha de pagar ningún coste por la contratación del collar.

Ejemplo:

Un cliente tiene un préstamo hipotecario a de interés variable referenciado al Euribor a 12 meses. Con el objetivo de limitar la variabilidad de los tipos de interés, el cliente decide contratar con su entidad una cobertura collar de tipo de interés con las siguientes características:

  • Precio de ejercicio opción CAP (P.E. Cap): 3,50%
  • Precio de ejercicio opción FLOOR (P.E. Floor): 2,70%

En la próxima liquidación de intereses podrían darse tres escenarios distintos en función de la cotización del Euribor:

Escenario A: Que el Euribor se sitúe por encima del precio de ejercicio del CAP [Ej: Euribor 3,7% > 3,5%]

Escenario B: Que el Euribor se sitúe entre los precios de ejercicio CAP-FLOOR [Ej: Euribor 3,0%]

Escenario C: Que el Euribor se sitúe por debajo del precio de ejercicio del FLOOR [Ej: Euribor 2,0% < 2,7%]

Comencemos por la situación más sencilla, cuando el Euribor cotiza dentro de la banda de fluctuación delimitada por el máximo y el mínimo que fijan respectivamente los precios de ejercicio de las opciones CAP y FLOOR (Escenario B). En este caso, el resultado para el prestatario es el mismo que si no hubiera contratado ninguna cobertura. Es decir, en la liquidación de intereses aplicará el Euribor sobre el nominal de su hipoteca.

En el Escenario A, sin embargo, el Euribor cotiza por encima del límite superiorestablecido con el COLLAR (3,5% en el ejemplo). En este caso, el cliente desembolsará inicialmente a su entidad el resultado de aplicar el Euribor correspondiente (por ejemplo, un 3,7%).

Sin embargo, al ser la cotización del Euribor superior al límite máximo establecido con la cobertura COLLAR (3,5%) el cliente podrá ejercer la opción CAP y recibirá un abono por la diferencia positiva entre la cotización del Euribor (3,7%) y el precio de ejercido del CAP (3,5%).

Por tanto, siempre que la cotización del Euribor supere el límite máximo establecido con la cobertura, el resultado neto para el cliente será igual al límite superior fijado.

Finalmente, si el Euribor cotiza por debajo del límite inferior establecido (Escenario C), el cliente aplicará igualmente al nominal de su hipoteca el Euribor correspondiente (por ejemplo un 2,5%), pero tendrá un cargo adicional por la diferencia negativa entre el precio de ejercicio del FLOOR (2,7%) y la cotización del Euribor que irá a favor del comprador de la opción.

Es decir, el coste financiero del cliente en esta situación, siempre será igual al límite inferior fijado por la opción FLOOR.




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